[Ip-health] Colombia against public domain

James Packard Love james.love@keionline.org
Fri Feb 23 06:29:20 2007


WIPO is considering adopting this statement today:  "Consider the
preservation of the public domain within WIPO's normative processes
and deepen the analysis of the implication and benefits of a rich and
accessible public domain."   The only country that has opposed is
Colombia.

This was the statement that Oscar Echeverry presented on behalf of
Colombia at the 22 Feb 07 meeting of the WIPO PCDA.

Gracias se=F1or Presidente,

El Gobierno de Colombia desea reiterar a los dem=E1s Estados miembros
su compromiso con el tema del desarrollo, y en particular se=F1alar que
apoyamos plenamente los objetivos de integraci=F3n de la dimensi=F3n del
desarrollo en el sistema de propiedad intelectual y en las
actividades de la OMPI con el fin de aumentar la credibilidad del
sistema de Propiedad Intelectual y promover la innovaci=F3n, la
creatividad y el desarrollo. Si bien no apoyamos algunas de las
acciones puntuales es claro que si compartimos el sustrato de la
propuesta inicial de Argentina y Brasil, que en sus propias palabras
es: =93Promover los beneficios absolutos derivados de la protecci=F3n de
la propiedad intelectual sin reconocer las preocupaciones existentes
en materia de pol=EDticas p=FAblicas ser=EDa ofrecer una visi=F3n que mina =
la
credibilidad del propio sistema de propiedad intelectual.  Sin
embargo, si se integra la dimensi=F3n de desarrollo en el sistema de
propiedad intelectual y en las actividades de la OMPI, aumentar=E1n la
credibilidad del sistema de propiedad intelectual y su aceptaci=F3n a
gran escala como herramienta fundamental para promover la innovaci=F3n,
la creatividad y el desarrollo=94.

Una prueba fehaciente de este hecho es que de las 40 propuestas del
anexo A que ahora estamos estudiando hemos apoyado plenamente 31 de
ellas, esto es m=E1s del 75% de las mismas, y solo sobre dos de ellas,
apenas el 5%, aquellas referidas al dominio p=FAblico no tenemos
flexibilidad. Lo anterior lo resalto para que tengan en cuenta el
enorme inter=E9s que tiene Colombia en insertar la dimensi=F3n del
desarrollo en el sistema de Propiedad Intelectual y en las
actividades de la OMPI. La mayor=EDa de nuestras objeciones tienen que
ver con la identificaci=F3n de algunos temas con este y otros foros,
pero en el tema del dominio p=FAblico tenemos grandes preocupaciones
sobre el lenguaje de las propuestas 17 y 32 del anexo A y 23 y 32 del
anexo B.

Durante el transcurso del d=EDa hemos recibido un cierto n=FAmero de
propuestas realizadas por los =93amigos del presidente=94 que intentaron
reflejar los avances en las discusiones. No obstante lo anterior
estos documentos a=FAn reflejan estas propuestas sobre el dominio
p=FAblico, por lo cual no entendemos el car=E1cter de dichos documentos.
Son acaso documentos que pretenden reflejar un =93consenso=94? Se ha
dicho que el verdadero consenso implica =ABsatisfacer las necesidades
de todos=BB. La toma de decisi=F3n por consenso intenta denigrar el papel
de facciones o partidos y promover la expresi=F3n de voces
individuales. En un foro multilateral como =E9ste nuestros pa=EDses
tienen el derecho de tener posiciones soberanas sobre una materia en
particular. El proceso de consenso es deseable cuando es improbable
forzar el cumplimiento de la decisi=F3n, igual como s=ED cada
participante adoptara independientemente una misma decisi=F3n un=E1nime.
En este proceso, las opiniones minoritarias deben tomarse en
consideraci=F3n a diferencia de circunstancia donde la mayor=EDa puede
tomar la acci=F3n y obligar la decisi=F3n sin ninguna consulta adicional
con los votantes minoritarios. Tal vez ahora somos un votante
minoritario, pero si esto es un proceso de consenso ese voto cuenta.
Y a veces ese =FAnico voto es el que trae la luz a un proceso. Un
proceso de decisi=F3n por consenso implica, identificar y discutir las
inquietudes, generar nuevas alternativas, combinar elementos de
m=FAltiples alternativas y confirmar que las personas entienden una
propuesta o un argumento. Hasta ahora no hemos visto m=E1s alternativas
en materia de dominio p=FAblico que las inicialmente presentadas, las
cuales son imposibles de aceptar para nuestro pa=EDs.

Quisi=E9ramos que los dem=E1s pa=EDses entendieran el compromiso que
tenemos con el desarrollo como pa=EDses en desarrollo, pero tambi=E9n que
entiendan que como todos ustedes tenemos preocupaciones por lo que
aqu=ED se plantea. En materia de domino p=FAblico, seguimos hablando de
=93protecci=F3n=94 y de involucrar esto en las actividades normativas de la
OMPI. Como lo se=F1alamos al inicio de estos debates es un
contrasentido hablar de una protecci=F3n al dominio p=FAblico, por cuanto
este se construye precisamente con aquello que ha perdido su
protecci=F3n. El dominio p=FAblico es un conocimiento que no es
susceptible de protecci=F3n a trav=E9s de la propiedad intelectual, o que
si=E9ndolo, ha perdido dicha protecci=F3n, raz=F3n por la cual es de libre
acceso y aprovechamiento por parte del p=FAblico.  Y el trabajo de
difundir las creaciones que se encuentran en el dominio p=FAblico, no
es una labor que ata=F1e a la OMPI sino a los particulares, ya es de
ellos. Pero si insertamos esta materia en las labores de la OMPI
iremos mucho m=E1s all=E1. De eso estamos seguros. Ya varias delegaciones
han se=F1alado que esta propuesta no pretende afectar los derechos de
Propiedad Intelectual, pero eso no dice all=ED, por ejemplo, la
propuesta 17 se=F1ala =93Examinar la protecci=F3n del dominio p=FAblico en =
el
marco de los procesos normativos de la OMPI=94. Donde se se=F1ala en esta
propuesta que no se afectar=E1n a los derechos de la propiedad
intelectual? Existe un principio en Derecho que se=F1ala que todo
aquello que no est=E9 prohibido en la ley est=E1 permitido, y
generalmente lo prohibido se establece para resolver un problema
existente. Hemos escuchado a algunos se=F1alar que el problema del
dominio p=FAblico, y que este cada vez se reduce m=E1s, pero no hemos
visto el primer caso palpable de una obra literaria o art=EDstica que
haya pasado del dominio p=FAblico al dominio privado. Queremos el
nombre de una obra, y de la situaci=F3n espec=EDfica para entender su
preocupaci=F3n y buscar las formas de atenderla. Lo que si hemos visto
y con excesiva frecuencia es un entendimiento err=F3neo del alcance de
los derechos. Dimos algunos ejemplos de c=F3mo la ejecuci=F3n de una
composici=F3n en el dominio p=FAblico podr=EDa llegar a considerarse
tambi=E9n como dominio p=FAblico por un mal entendido de la expresi=F3n.
Escuchamos voces de protesta sobre la colocaci=F3n de medidas
tecnol=F3gicas de protecci=F3n a una obra en el dominio p=FAblico ignorando
que quien las pone generalmente lo hace porque agrego elementos
creativos en, por ejemplo, su edici=F3n y por lo tanto tiene derecho a
hacerlo, pero ello no significa que este sacando la obra del dominio
p=FAblico y coloc=E1ndola en el dominio privado. Cualquiera de ustedes
puede realizar otra edici=F3n de la misma obra. Nadie se lo impide.
Tampoco nadie le impide a las bibliotecas que digitalicen las obras
que est=E1n en el dominio p=FAblico, por qu=E9 tiene que hacerlo entonces
la OMPI?

Ayer un delegado tuvo la extra=F1a impresi=F3n que en mi anterior
intervenci=F3n hab=EDa mezclado los derechos morales con las patentes de
invenci=F3n. Y ello me indica que tal vez se requiera un ejemplo en esa
=E1rea. En el campo de la qu=EDmica, un campo que conozco plenamente pues
junto con el Derecho son mis carreras b=E1sicas, es muy usual el
desarrollo de nuevas mol=E9culas que se diferencian unas de otras por
apenas un radical, o substituyente o como se conoce usualmente en las
solicitudes de patente =93moiety=94, es algo as=ED como mitad. Es una
peque=F1a porci=F3n de la mol=E9cula que en la mayor=EDa de los casos
proporciona efectos totalmente diferentes en comparaci=F3n con la
mol=E9cula original.  Para muchos esa diferencia, esa modificaci=F3n tan
peque=F1a la consideran como una extracci=F3n de la mol=E9cula que estaba
en el dominio p=FAblico para pasarla al dominio privado. Pero quienes
hemos tenido que enfrentar los procesos bioqu=EDmicos, por ejemplo, la
actividad de las enzimas sabemos que ellas trabajan como una llave.
Estas mol=E9culas tienen un =93sitio activo=94 que les permite actuar sobre
un sustrato espec=EDfico y no sobre otro. Ese =93sitio activo=94 es por
ejemplo, la conjunci=F3n de tres residuos, o substituyentes, o
=93moieties=94 que reconocen una parte espec=EDfica de la mol=E9cula o
sustrato sobre el cual van a actuar. El desconocimiento de estos
procesos es lo que hace que la opini=F3n p=FAblica considere que una
mol=E9cula =93vieja=94 la han vuelto a patentar.

Con lo anterior quiero se=F1alar que hay un cierto nivel de
desconocimiento sobre el derecho de autor y sobre la propiedad
industrial que ha conducido a declaraciones de =93reducci=F3n del dominio
p=FAblico=94. Si llevamos estas declaraciones o este tema tan pol=EDtico a
un foro tan especializado como el de la OMPI vamos a terminar
desvirtuando el objetivo principal de la propiedad intelectual cual
es motivar la actividad creativa de nuestros nacionales. Yo entiendo
sus preocupaciones pero consideramos que han sido adecuadamente
atendidas en los instrumentos internacionales que actualmente
tenemos. En efecto el WCT establece en su pre=E1mbulo el reconocimiento
de =93la necesidad de mantener un equilibrio entre los derechos de los
autores y los intereses del p=FAblico en general, en particular en la
educaci=F3n, la investigaci=F3n y el acceso a la informaci=F3n, como se
refleja en el Convenio de Berna,=94, el pre=E1mbulo del WPPT por su
parte, establece el reconocimiento de =93la necesidad de mantener un
equilibrio entre los derechos de los artistas int=E9rpretes o
ejecutantes y los productores de fonogramas y los intereses del
p=FAblico en general, en particular en la educaci=F3n, la investigaci=F3n y
el acceso a la informaci=F3n=94. Uno y otro instrumento han sido
ratificados por nuestro pa=EDs mediante la ley 565 de 2000 y mediante
la ley 545 de 1999. Ello significa que estamos preocupados por un
adecuado balance entre los titulares y el p=FAblico en general, pero la
forma de implementaci=F3n de la propuesta de dominio p=FAblico no es
clara para nosotros, nos preocupa y no podemos aceptarla.

En vista de lo anterior, queremos que quede registrado en el informe
que Colombia manifiesta su reserva a esta propuesta del dominio p=FAblico.

Gracias se=F1or Presidente y distinguidos delegados por su paciencia.